OBJETIVO

Obtener información que permita determinar las capacidades, desempeño y obstáculos que enfrenta el sector privado en Paraguay y en el ámbito de la innovación, especialmente, en el sector formal manufacturero a fin de fortalecer, evaluar y monitorear la generación o aplicación de políticas públicas diseñadas para incremento de la capacidad de innovación y la productividad del país.

IMPORTANCIA

La encuesta permitirá la obtención de datos referentes a la innovación empresarial, aportando información sobre procesos, estrategias innovativas, TICs, recursos humanos; además de factores que favorecen o dificultan la innovación y el rendimiento de las empresas del Paraguay, dar seguimiento a las estadísticas e indicadores obtenidos en la primera experiencia (EIEP 2013) y poder contrastar la información con otros países de la región.

COBERTURA GEOGRÁFICA

La encuesta tiene alcance nacional, es decir, abarca todo el país.

COBERTURA TEMPORAL

Corresponde al periodo comprendido entre los años 2013 a 2015.

COBERTURA TEMÁTICA

Se incluyen temas relacionados a datos generales de identificación y organización de la empresa, estrategias de innovación, resultados de las actividades innovación, métodos de protección, vinculaciones, fuentes de información, programas públicos, obstáculos para la realización de actividades de innovación, acceso y uso de TICS, recursos humanos y desempeño de la empresa.

RESPONSABILIDADES

El articulo 28 de la Constitución Nacional de la República del Paraguay, “Del derecho a informarse”, indica que se reconoce el derecho de las personas a recibir información veraz, responsable y ecuánime, y que las fuentes públicas de información son libres para todos.

CONFIDENCIALIDAD DE LOS DATOS

El Decreto Ley N° 11.126 del 20 de febrero del año 1942, que rige actualmente las funciones de la DGEEC, hace referencia a la recopilación de datos y a las investigaciones estadísticas. Y establece que las empresas, establecimientos, sociedades o administraciones particulares de cualquier índole que sean, y en general todas las personas, quedan obligados a proporcionar los datos estadísticos que le fueran solicitados, en la inteligencia de que no serán divulgados y solo servirán para apreciar los diversos aspectos de la vida nacional; además de la responsabilidad de aportar datos completos y verdaderos.

En la mencionada Ley también se hace la siguiente referencia a la responsabilidad de los funcionarios y personal vinculado a la DGEEC:

Los datos de los particulares, empresas o entidades sólo se pueden usar en forma estadística. No se pueden divulgar los datos en forma individual y nominada. Adicionalmente, el Articulo 14 de esta Ley expresa lo siguiente: Queda terminantemente prohibida la publicación, revelación, divulgación o cualquier otro uso indebido que se hiciere o se intentare hacer de las informaciones referentes a operaciones comerciales individualizadas. Podrá darse publicidad de este tipo de información únicamente cuando conste la conformidad por escrito de las partes afectadas.

Adicionalmente, en el Articulo 9° del Decreto Nº 3.087 del 24 de febrero de 2015 por el cual se reorganiza, se establecen las funciones, los objetivos y el ámbito de competencia de la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos de la Secretaría Técnica de Planificación de la Presidencia de la República, se establece lo siguiente:

Los datos que posibiliten la identificación e individualización de las fuentes de información de la DGEEC, están amparadas por el secreto estadístico.